Sujetos de la Propiedad Intelectual

Hay que distinguir entre:


1.    Sujetos de los derechos de autor:
Es autor la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica. La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación. La condición de autor es de carácter irrenunciable.

Presenta una serie de características:

  • no puede transmitirse "inter vivos" ni "mortis causa"
  • no se extingue con el transcurso del tiempo
  • no entra en el dominio público ni es susceptible de prescripción.


2.    Sujetos de los otros derechos de propiedad intelectual, conocidos también como derechos afines, conexos o vecinos:

  • Artistas intérpretes o ejecutantes: aquella persona que represente, cante, lea, recite o interprete en cualquier forma una obra. A esta figura se asimila la de director de escena y de orquesta.
  • Productores de fonogramas: aquella persona natural o jurídica bajo cuya iniciativa y responsabilidad se realiza por primera vez la fijación exclusivamente sonora de la ejecución de una obra o de otros sonidos.
  • Productores de grabaciones audiovisuales: persona natural o jurídica que tiene la iniciativa y asume la responsabilidad de la grabación audiovisual
  • Entidades de radiodifusión: personas jurídicas bajo cuya responsabilidad organizativa y económica se difunden emisiones o transmisiones.
  • Creadores de meras fotografías: persona que realice una fotografía u otra reproducción obtenida por procedimiento análogo a aquélla, cuando ni una ni otra tengan el carácter de obras protegidas en el Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual.
  • Protección de determinadas producciones editoriales: obras inéditas en dominio público y a determinadas obras no protegidas por las disposiciones del Libro I del TRLPI.

 

 

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> Qué obras son objeto de la Propiedad Intelectual y cuáles no

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