Qué efectos tiene

•    Efectos probatorios derivados de la presunción normativa que establece que salvo prueba en contrario, los derechos inscritos existen y pertenecen a su titular en la forma determinada en el Registro.
•    Efectos publicitarios derivados del carácter público del Registro que posibilita que cualquier persona interesada pueda tener conocimiento de los datos inscritos.


Estos derechos, siempre condicionado a que la posterior calificación y resolución que haga el registrador sea favorable, se detentan desde el momento de la solicitud de inscripción merced al justificante que se entrega en el Registro.

 

> Información que se puede solicitar en el Registro de la Propiedad Intelectual